La interpretación conforme al derecho de la unión europea. Especial referencia al intérprete constitucional.  Juan Ignacio Ugartemendía Eceizabarrena

La interpretación conforme al derecho de la unión europea. Especial referencia al intérprete constitucional

Estudios

Por Juan Ignacio Ugartemendía Eceizabarrena

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Sinopsis

La obra analiza la obligación de interpretar el Derecho nacional, incluida la Constitución, de conformidad (interpretación conforme) con el Derecho de la Unión Europea. Una exigencia inherente al Derecho de la Unión, impuesta por el mismo, que alcanza de forma particular al órgano jurisdiccional nacional encargado de aplicarlo, y que consiste en la obligación de interpretar el Derecho nacional a la luz y los objetivos del Derecho de la UE. Una exigencia que obliga a descartar o desplazar, de entre los significados posibles de la disposición nacional interpretada, obtenidos de la aplicación de los cánones interpretativos, aquel o aquellos que no se acomoden a las disposiciones de la Unión. El estudio está dividido en dos partes. La primera se centra en la descripción general y actualizada del mecanismo de interpretación conforme al Derecho de la UE, apuntando también a su incorporación y funcionamiento en el ordenamiento español. Y la segunda aborda, de forma más específica, el análisis de la obligación de interpretar la propia Constitución nacional de conformidad con el Derecho de la Unión Europea, particularmente cuando quien realiza la exégesis conforme es el Tribunal Constitucional. La exigencia de interpretación constitucional conforme, incluida la exégesis de las disposiciones constitucionales relativas a Derechos Fundamentales de conformidad con el Derecho de la Unión y, particularmente, con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, afecta al órgano jurisdiccional nacional encargado de aplicar el Derecho de la Unión. Pero alcanza, asimismo, al Tribunal Constitucional (o equivalente) del Estado miembro cuando da relevancia constitucional al Derecho de la Unión en los procesos constitucionales de los que conoce.

Juan Ignacio Ugartemendía Eceizabarrena